Friday, 29 March 2024

Tras semanas de discusiones, el Congreso de Intendentes aprobó por unanimidad el miércoles 14 el plan de regularización de adeudos de patentes para 2018.

Los intendentes acordaron que quienes tengan deuda generada hasta el 31 de diciembre con la intendencia en la que empadronaron su vehículo pagarán el tributo más una multa de 5% que se actualiza por el Índice de Precios al Consumo (IPC).

Este plan de facilidades establece que se puede pagar al contado o hasta en 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una cuota mínima de 130 unidades indexadas (moneda en la que se pagará) y una entrega inicial correspondiente a las cuotas vencidas de patente de 2018.

El Plan de Regularización de Adeudos 2018 que se resolvió en el Congreso de Intendentes por unanimidad ya está disponible en las intendencias.

DEUDAS DE PATENTE

Se podrá convenir la deuda de patente generada hasta el 31/12/2017.

Pago Contado: Se reliquidará el tributo más un 5% de multa, actualizado por IPC.

Pago Financiado: Se reliquidará el tributo más un 5% de multa, actualizado por IPC.

Se financiará en UI hasta en 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con una cuota mínima de 130 UI y una entrega inicial correspondiente a las cuotas vencidas de patente 2018.

Se aprobó, además, mantener los descuentos a los buenos pagadores

PLAZO DE VIGENCIA:

El período de vigencia del plan será de 60 días a partir de que se cumplan todos los plazos normativos para que quede operativo.

CADUCIDAD AUTOMÁTICA:

La caducidad de producirá de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extra judicial por el no pago de 3 cuotas consecutivas o alternadas del convenio, o 2 cuotas del impuesto del ejercicio corriente.

FISCALIZACIÓN:

Multa por deuda de patente Art. 9 TOS (dos o más cuotas de patente vencidas).

-Sin perjuicio de la fiscalización de deuda de patente que pueda realizar cada Gobierno Departamental, la CSS instrumentará la puesta en marcha de equipos de inspección y relevará las actividades de inspección remitiendo al Congreso de Intendentes informes trimestrales con el control de la gestión.

-Se dispone la realización de inspecciones inmediatas del cobro del impuesto a partir de la finalización del plazo de vigencia.

Compromiso de aplicar el artículo 49 TOS (5 o más años de deuda de patente) a partir del 1/8/2018.

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